¿Qué cobraré cuando apruebe las oposiciones? Este es el sueldo del funcionario de justicia
Y cuando apruebe las oposiciones de justicia, ¿Cuál será mi sueldo?
Esta pregunta nos la podemos plantear o al elegir una oposición o durante el estudio de la misma…y no nos engañemos: es normal.
La estabilidad y tranquilidad que te da el saber que, una vez lograda la plaza, tu sueldo no dejará de ir creciendo con el paso de los años, bien merece el camino de una oposición.
El conocimiento es poder. De ahí que, desde ARPAE, queremos clarificar un poco cómo será tu sueldo según la oposición que te estés preparando.
Antes de diferenciar los salarios que se tienen en cada una de ellas (gestión procesal, tramitación procesal y auxilio judicial), empecemos por conceptos básicos:
- El sueldo bruto es aquel al que no se le han aplicado o descontado impuestos
- El salario neto, el que vamos a recibir en nuestra cuenta cada mes (ya lo recibimos con los impuestos descontados).
- El salario base: el importe del que partimos y al que, en cada caso, se le añadirán otros conceptos.
Los trienios: cada tres años, veremos incrementados nuestros salarios mensuales en una cantidad fija más, simplemente, por llevar tres años más en la administración.
Así es el sueldo del funcionario de justicia
En el siguiente cuadro, recogemos el mínimo que cobrarás como funcionario de justicia cuando apruebes.
Cuerpo | SUELDO BASE | TRIENIO actual | (anteriores a 1 enero de 2004) |
GESTION PROCESAL Y ADMTVA. (oficiales) | 1176,59 € | 58,83€ | 47,12 € |
TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMTVA. (auxiliares | 967,07 € | 48,35€ | 36,33 € |
AUXILIO JUDICIAL (agentes) | 877,17 € | 43,86€ | 31,30 € |
Pero, a estas cuantías, habrás de sumarle diversos conceptos hasta obtener tu sueldo mensual final.
Pinta bien, ¿verdad?
- Podremos sumar un complemento general por destino (este complemento puede ser desde 70 euros más al mes para un auxiliar, si su puesto es en un juzgado de Paz a 128 euros si su puesto es en Madrid o Barcelona).
- Al anterior complemento general, podremos también sumar lo que antes se denominaba “complemento por Especial Dificultad” y el complemento de penosidad;
- A todo lo anterior, además, sumaremos las cuantías variables en los distintos ámbitos territoriales:
- Las indemnizaciones que se reconocen por ser trasladados a Gran Canaria y Tenerife, Mallorca, Ceuta o Melilla
- Así como otros complementos en función del órgano al que seamos destinados (registro civil; juzgados de violencia) o de las guardias que tengamos que hacer (variarán si son presenciales, o de disponibilidad).
Es decir que si sumamos todo lo anterior ¡Podemos estar cobrando más del doble del salario base!
Y además de lo anterior, no olvidéis que hay dos pagas extras: junio y diciembre. En ellas, se cobrarán el sueldo base, los trienios y unas determinadas cantidades según el cuerpo y destino de cada uno.
Si llegados a este punto, quieres conocer exactamente cuánto cobrarías en un determinado juzgado, mándanos un correo electrónico a info@arpae.es o a nuestro Whatsapp 691559453 y te facilitaremos más detalles.
Así, hasta la jubilación, ¡Menuda capacidad de planificación financiera nos da unos sueldos así!
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